2022
Digitalización
Xunta de Galicia
Comunidades Autónomas
Galicia
Dirigido a: Talleres artesanales y pymes comerciales minoristas desarrollando su actividad según la Ley de Comercio de Galicia. Al día de pagos con la hacienda estatal y autonómica así como con la Seguridad Social.
Presentación solicitudes: del 24/05/2022 al 23/06/2022
Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto): del 01/12/2021 al 14/10/2022
FINALIDAD
Financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y artesanos de Galicia, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.
BENEFICIARIOS
Talleres artesanales y pymes comerciales minoristas desarrollando su actividad según la Ley de Comercio de Galicia. Al día de pagos con la hacienda estatal y autonómica así como con la Seguridad Social.
La actividad debe desarrollarse dentro de alguno de los IAEs del apartado FAQ’S
ACTUACIONES DIGITALES SUBVENCIONADAS
Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecommerce, social commerce, mobile commerce, etc…) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc…), además de desarrollo de packaging para venta online.
ALCANCE DE LA AYUDA
La inversión subvencionable, según el tipo de ayuda solicitada, podrá ir de los 640 euros de importe subvencionado por actualizar una web, 3.200 euros por una tienda online integrada con el sistema de gestión, 4.800 euros para marketing online, o 3.200 euros por servicios profesionales de gestión de redes sociales.
Campañas de Marketing Digital 4.800 euros de importe subvencionado, 80% de 6.000 euros de inversión.
Gestión profesional de redes sociales 3.200 euros de importe subvencionado, 80% de 4.000 euros de inversión.
La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de hasta un 80% del presupuesto aceptado, ejemplos:
TIPO DE AYUDA
Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva. Estas ayudas se acogen al régimen de ayudas de minimis.
Subvención de la ConsellerIa de Economía, Empleo e Industria para el comercio y talleres artesanos gallegos cofinanciado por los Fondos FEDER
Fase de solicitud:
ORDEN de 22 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CO300C): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220523/AnuncioG0596-020522-0008_es.pdf
EXTRACTO de la Orden de 22 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CO300C): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220523/AnuncioG0596-020522-0009_es.pdf
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas representantes de una de las anteriores.
https://sede.xunta.gal
– Leer la documentación completa.
– Estar en posesión de certificado digital para la tramitación electrónica de los expedientes en programas de ayudas a pymes.
– Ver requisitos, plazos y tipo de proyecto.
– Planificar y ver compatibilidad con otras ayudas.
– Memoria de solicitud e Informe de ejecución ajustados a modelo. Firma electrónica autorizado representante y/o representante.
– Disponer de 3 ofertas de distintos proveedores para gastos superiores a 15.000 €.
– Consultar el apartado relativo a ‘normativa aplicable’ o ‘marco normativo’ de la correspondiente convocatoria o base reguladora de las ayudas, para poder determinar si las ayudas recibidas están acogidas a minimis o otro régimen. El importe máximo de ayudas minimis concedidas es de 200.000 € en el ejercicio fiscal actual, y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
– Estar al corriente con las obligaciones de la AEAT y la Seguridad Social.
– Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, en cuanto exige a las entidades beneficiarias de subvenciones la acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
– Otras medidas de transparencia, detección y prevención del fraude.
– Publicidad y comunicación: mención a la financiación.
– Fases y plazos del procedimiento.
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