Subvenciones para proyectos de Digitalización de Pyme 2024

Subvenciones para proyectos de Digitalización de Pyme 2024

Año de la ayuda:
Materia:
Organismo:
Ámbito Geográfico:
Comunidad Autónoma:

2024

Digitalización

IVACE — Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial

Comunidades Autónomas

Comunitat Valenciana

Dirigido a: Pymes de la Comunitat ValencianaUEdeclaración CS

Presentación solicitudes: Desde el 9/01/2024 hasta el  22/02/2024 (a las 23:59:59 horas) *

Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): desde el 01/01/2024 hasta el 31/12/2024

Plazo de justificación: hasta el 6/02/2025 *

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9755 de 28/12/2022, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13 relativo al Marco normativo comunitario de la RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones a proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV), a partir del 1 de enero de 2024 resulta de aplicación para dicha convocatoria de ayudas la modificación del Reglamento de minimis por la que entre otras novedades se incrementa el importe máximo de ayudas de minimis para una única empresa de 200.000 euros a 300.000 euros

Objeto:

Las ayudas tienen como objetivo incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.

Empresas beneficiarias:

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la solicitud, que desarrollen actividades encuadradas en alguna de las siguientes secciones de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43, excepto el CNAE 4110 (Promoción inmobiliaria).
b) Sección H-Divisiones 49 a 52.
c) Sección M-División 72.

Actuaciones apoyables:

1. Los proyectos consistirán en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, en el ámbito de los CNAES recogidos en el artículo 2.2 y relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios. Concretamente se considerarán apoyables:
– Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
– Soluciones de modelización y simulación b) Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso. Concretamente se considerarán apoyables:
– Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones.
– Sistemas de Control Numérico.
– Sistemas MES.
– Sistemas SCADA.
– Aplicaciones GMAO para facilitar el mantenimiento preventivo.
– Robots industriales (norma ISO 8373).
– Sistemas de visión artificial.
– Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
– Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
– Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
– Implantación de PLC.
– Virtualización de procesos, gemelos digitales en ámbito productivo

c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, comercio electrónico (excluidos sistemas de Marketplace), así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular. Concretamente se considerarán apoyables:
– Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP, SCM, MRP, aplicaciones de Business Intelligence, analítica «big data», integración y minería de datos.
– Sistemas CRM y aplicaciones interactivas de comercio electrónico (B2B o B2C) que integren también facturación y logística.
– Aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular.

d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones, es decir, vinculados con actuaciones como las descritas en los apartados 2.a, 2.b o 2.c de este artículo, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de apoyo o ya desarrolladas con anterioridad. Concretamente se considerarán apoyables:
– Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
– Soluciones basadas en cloud computing.
– Aplicaciones big data.
– Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
– Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
– Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.

Costes subvencionables:

a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se excluyen renovaciones cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa. Se considerarán en este apartado:
– Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
– Desarrollo de aplicaciones a medida, incluida instalación y asesoramiento técnico específico.
– Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.
Se excluyen soluciones XaaS que consistan en la contratación del acceso a información contenida en bases de datos especializadas.

b) Adquisición de activos materiales:
– Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo los servidores que se declaran íntegramente dedicados a la solución objeto del proyecto, así como en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos en soluciones del tipo de las definidas en el artículo 3.2.b. de la convocatoria.
– Adquisición o adaptación de bienes de equipo: exclusivamente los necesarios para la puesta en marcha de las soluciones recogidas en el artículo 3.2.b.
– Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.

Cuantía y Cobro:

1. La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje de hasta un 30% sobre los costes subvencionables del proyecto, con independencia del tamaño de empresa.
2. La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 125.000 euros.

Presentación de solicitudes: 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 9 de enero de 2024 y finalizará el 22 de febrero de 2024 a las 23:59:59 horas. (DOGV nº 9755, de 29/12/2023)

Documentos Asociados
Información Complementaria
Cómo lo tramito

Telemática.

La presentación de las solicitudes se ajustará a lo establecido en el artículo 5 de las bases reguladoras. La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad -o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.

Link a la Ayuda
Consejos generales para la solicitud de ayudas públicas

– Leer la documentación completa.
– Estar en posesión de certificado digital para la tramitación electrónica de los expedientes en programas de ayudas a pymes.
– Ver requisitos, plazos y tipo de proyecto.
– Planificar y ver compatibilidad con otras ayudas.
– Memoria de solicitud e Informe de ejecución ajustados a modelo. Firma electrónica autorizado representante y/o representante.
– Disponer de 3 ofertas de distintos proveedores para gastos superiores a 15.000 €.
– Consultar el apartado relativo a ‘normativa aplicable’ o ‘marco normativo’ de la correspondiente convocatoria o base reguladora de las ayudas, para poder determinar si las ayudas recibidas están acogidas a minimis o otro régimen. El importe máximo de ayudas minimis concedidas es de 200.000 € en el ejercicio fiscal actual, y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
– Estar al corriente con las obligaciones de la AEAT y la Seguridad Social.
– Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, en cuanto exige a las entidades beneficiarias de subvenciones la acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
– Otras medidas de transparencia, detección y prevención del fraude.
– Publicidad y comunicación: mención a la financiación.
– Fases y plazos del procedimiento. 

Asesoramiento y Tramitación de ayudas
Si necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros. Desde FEDAI ofrecemos el servicio de búsqueda y el asesoramiento personalizado, así como la tramitación de las ayudas públicas convocadas por los distintos organismos.
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