Convocatoria anticipada de las ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera

Paula Moliner,

Estado > Próximamente desde el 24/01/2024

Objeto: Los ámbitos de actuación de esta línea de ayudas son:

  • 1. Reducción de emisiones directas de la instalación industrial, dirigida a la descarbonización de fuentes de energía, a la gestión energética integral de procesos industriales, a la descarbonización por reducción de recursos naturales o a la captura, almacenamiento y uso de carbono.
  • 2. Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.
  • 3. Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación industrial.
  • 4. I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación industrial.


Beneficiarios:

1. Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial, con independencia de la actividad principal definida en sus estatutos.

Se entenderá por actividad industrial cualquier actividad económica incluidas en las divisiones 7, 8 y 10 a 32 de la Clasificación Nacional de la Actividades Económicas (CNAE-2009). Se incluyen también las actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).

Las entidades anteriores deberán haber desarrollado actividades industriales al menos durante un periodo de 3 años contados hasta la fecha de solicitud. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad demuestra experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Esta experiencia deberá acreditarse.

2. Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una sociedad mercantil, que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden. Los proyectos en colaboración podrán serlo en agrupación con otras empresas industriales, empresas proveedoras de conocimiento o empresas de servicios energéticos siempre que contribuyan a la descarbonización de la instalación industrial.

Estructura de las solicitudes de ayuda: cada solicitud presentada, independientemente de la modalidad de solicitud elegida (individual o en agrupación), se estructurará en un único proyecto tractor. El proyecto tractor consistirá en la realización de uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única planta o instalación industrial en operación, denominada «instalación principal», que podrá estar o no bajo el RCDE. Todos los proyectos primarios deberán contribuir a este objetivo. No se tendrá en cuenta la descarbonización de las otras posibles instalaciones industriales secundarias participantes, cuyas inversiones deberán estar orientadas para ser elegibles a la descarbonización de la planta o instalación principal. Una misma entidad o agrupación podría presentar más de una solicitud, para proyectos tractores distintos, correspondientes a la descarbonización de instalaciones principales diferentes. Una instalación principal solo podrá ser objeto de una sola solicitud de proyecto tractor.

Cada proyecto tractor deberá acompañarse de un Plan de Eficiencia Energética y Transición Ecológica, según el anexo VIII (Estructura del Plan Específico de Eficiencia y Transición Energética).

Cada proyecto primario tendrá una doble clasificación, enmarcándose a la vez dentro de una línea de actuación en función del tipo de actuaciones de descarbonización descritas en el artículo 11 de la Orden adjunta, así como dentro de alguna de las diferentes líneas de ayudas establecidas en el artículo 12.

Plazo: comenzará el 24 de enero y finalizará el 17 de abril de 2024, ambos inclusive.

Más información 

Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del PRTR. enlace externo

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